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Fernando Muñoz    
El artículo 214 del Código Penal sanciona al que ?usurpare el nombre de otro?. Este trabajo sostiene que dicho tipo penal no es aplicable a quien realiza una parodia de un personaje público mediante una cuenta en la red social conocida como Twitter. Tal ... ver más
Revista: Revista Chilena de Derecho y Tecnología    Formato: Electrónico

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