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ARTÍCULO
TITULO

Anotaciones sobre la inmunidad de jurisdicción del estado comerciante

Claudio Bonnefoy    

Resumen

Ningún Estado puede ejercer jurisdicción sobre otro Estado. En virtud de esta regla inconclusa del Derecho InternacionalComún, los Estados no se hallan obligados á comparecer como demandados ante un tribunal extranjero a menos que se sometan voluntariamente a su iurisdicción.

PÁGINAS
pp. Pág. 158 - 163
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